Bonificaciones vigentes para la contratación de empleados en 2022

Bonificaciones vigentes y contratación de empleados | Afha Málaga

La Dirección General de Trabajo y el SEPE han informado del mantenimiento de las bonificaciones para contratar tras la entrada en vigor del RD Ley 32/2021 de reforma laboral.

En nuestro blog, como no puede ser de otra manera, te compartimos información sobre asesoramiento laboral de actualidad para que puedas estar al día en esta metaria en lo tocante a la gestión de tu empresa, y sobre todo de tus equipos de trabajo.

Estas son las beneficios de los empleados que siguen activas actualmente:

Contrato para la formación en alternancia

El contrato en formación en alternancia es la única categoría destinada a la contratación de los jóvenes que actuamente no se encuentran contratados. Las empresas que quieran contratar a nuevos empleados obtendrán una bonificación del 100% de los seguros sociales con una duración máxima de 2 años. El 75% son para empresas que cuenten en su plantilla con más de 250 trabajadores. No obstante, estas empresas obtendrán una bonificación añadida entre 60 y 80€.

El contrato de formación está adscrito a formar personas jóvenes con una edad máxima de 30 años y sin olvidarnos, que sería de una jornada completa.

La jornada se dividirá en dos partes:

  • El primer año la persona contratada recibirá una formación que ocupara el 35% de la jornada y el 65% para trabajar.
  • El segundo año la formación será del 85% y el 15% restante de formación.

Sin olvidarnos que la formación del contrato es oficial y tendrá una bonificación del 100%.

El deber de la empresa es proporcionarle la formación necesaria para el puesto de trabajo y recalcar que en esta variante de contrato no se exigue mantenimiento del nivel de la plantilla o del empleado.

En cuanto al salario que recibirá será según convenio y no podrá estar por debajo del 65% durante el primer año sobre la cantidad fijada del grupo profesional y el 85% en el segundo año.

Conversiones de contratos en indefinido

–  Conversiones de contrato de formación (en alternancia) a indefinido

Todos los contratos de formación que son transformados por las empresas a contratos indefinidos podrán obtener una bonificación de 1.500€ en los seguros sociales o 1.800€ si es trabajador durante 3 años.

El requisito es transformar el contrato de formación en alternancia cuando finaliza el contrato inicial o alguna de sus prórrogas.

Uno de los requisitos para que el contrato de formación se transforme a indefinido se realiza cuando finaliza el contrato incial o se acaba alguna de sus prórrogas.

– Conversiones de contratos de prácticas en indefinido

Los contratos iniciales de prácticas se anularon pero, hay que recalcar que siguen válidas las bonificaciones para empresas que tengan menos de 50 trabajadores y que cambien el contrato de prácticas a uno indefinido.

Estos contraros obtendrán una bonificación anual en las cuotas a la Seguridad social con el importe de 41,67€ al mes (500/año) en el plazo de 3 años. En el caso de las mujeres, las bonificaciones obtenidas serán de 58,33€/mes (700€/año)

– Conversiones de contratos de relevo y sustitución por jubilación en indefinido

Ocurre lo mismo si se cambian los contratos indefinidos por contratos de relevo o sustitución, por adelantar la edad de la jubilación. Tienen el mismo derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 41,67€/mes (500€ anuales) en el período máximo de 3 años y en el caso de las mujeres, la cuota será de 58€/mes (700€ anuales).

– Contrato de duración determinada

Según el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, el contrato de duración determinada conservará la aplicación de los beneficios en la cotización a la Seguridad Social establecidos para los contratos de trabajo que sean temporales o que tengan una duración determinada en concreto para colectivos en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.

Bonificaciones para personas con discapacidad

Existen muchas cantidades de bonificaciones para contratar a personas con discapacidad, en función de su perfil y tipo de contrato (Ley 43/2006):

  • Contrato indefinido o transformación en indefinido para menores de 45 años: 4.500 € (5.350 € si es mujer). En caso de discapacidad severa, se aplicarían 5.100 € (5.950 € si es mujer).
  • Contrato indefinido o transformación en indefinido para mayores de 45 años: 5.700 € ó 6,300 € (si tiene una discapacidad severa) durante toda la vigencia.
  • Contrato temporal para menores de 45 años: 3.500 € (4.100 € si es mujer), 4.100 € si es una discapacidad severa (4.700 € para mujeres).
  • Contrato temporal para mayores de 45 años: 4.100 € (4.700 € si es mujer), 4.700 € si es una discapacidad severa (5.300 € si es mujer).

También existen bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por la contratación indefinida o temporal o conversión en indefinido de contratos temporales por un Centro especial de empleo, y para contratos de interinidad, durante toda la vigencia del contrato (Ley 43/2006 y Ley 45/2002).

Bonificación para la contratación indefinida de parados de larga duración

El Real Decreto Ley 8/2019 incluyó una bonificación en la cuota empresarial de 108,33 €/mes (125 €/mes si es mujer) para las empresas que contraten de forma indefinida a parados de larga duración.

El requisito para la contratación de la persona es que ha tenido que estar inscrita como demandante de empleo al menos 12 meses, de los 18 anteriores de alta.

Para las empresas que contraten de forma indefinida a las personas paradas de larga duración se les aplicará una bonificación de 1.300€ en los seguros sociales en las cuotas anuales a la Seguridad Social (1.500€, si es mujer).

Dicha bonificación será legible durante 3 años, con el requisito de que siempre se mantenga el nivel de empleo total y el trabajador este contratado como mínimo 2 años. Si la empresa no cumple con esto, tiene que devolver los beneficios aplicados.

Bonificaciones para colectivos en riesgo de exclusión

Las bonificaciones se mantienen para personas que sean victimas de la violencia de género, colectivos en riesgo de exclusión, etc…

  • Para las víctimas de violencia de género, trata de seres humanos y víctimas de terrorismo: bonificación de 1.500 € si el contrato es indefinido, 600 € si es temporal, durante la vigencia del contrato, 4 años si es indefinido.
  • Trabajadores en riesgo de exclusión social: bonificación de 600 € si es contrato indefinido, 500 € para contratos temporales y 650 € para conversiones en indefinido, durante 4 años si es indefinido o durante toda la vigencia, si es contrato temporal.

Aparte de estas bonificaciones existen muchas más destinadas exclusivamente a colectivos muy determinados por el perfil de trabajador o la actividad que desarrollen, aparecen publicadas en la sección de bonificaciones del SEPE (más abajo)

Bonificaciones para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar

Para los contratos de interinidad que se aplican para sustituir a trabajadores en situacion de excedencia por el cuidado de familiares también tienen bonificaciones.

En caso de que se contratase a una persona beneficiaria que tenga prestaciones por desempleo para sustituir al trabajador, mientras dure la excedencia, se aplica una reducción del 95% en la cuota por contingencias comunes en el primer año.Mientrás que para el segundo y tercer año, se aplicaría una reducción del 60% y 50% respectivamente en las  en las contingencias comunes.

Las bonificaciones para los contratos de interinidad para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por la maternidad o paternidad, acogimiento, adopción o riesgo durante el embarazo o lactancia permanecen vigentes.

En casos así, más concretos, se aplica una bonificación del 100% de la cuota empresarial y recaudación conjunta, como para el trabajador sustituido, como del interino contratado. La bonificación se aplica mientras dure el período de sustitución.

Para conseguir o ver más información:

Para cualquier pregunta, duda o aclaración, no duden en ponerse en contacto con nuestra asesoría en Málaga. Tanto si eres empresa como autónomo estaremos encantados de asesorarte desde nuestro departamento de asesoramiento fiscal y contable. Recuerda que puedes pedir cita para visitar nuestras oficinas en Málaga.

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